Autorización y registro de Tanques de Autoconsumo

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Con la publicación del Decreto Ejecutivo Nº 42.497-MINAE-S “Reglamento de la autorización y registro de tanques estacionarios para autoconsumo de combustibles” el 14 de agosto del 2020, en el Alcance 215 de La Gaceta 202, se simplificó el trámite para la autorización, registro y renovación de los tanques de autoconsumo, mediante una plataforma totalmente digital.

A partir del 19 de abril del 2021, se inició la implementación de la plataforma oficial denominada “Ventanilla Única de Inversión (VUI)” que es una plataforma digital, que permite realizar todos los procesos y trámites requeridos por las empresas para instalarse formalmente, operar y funcionar en Costa Rica, impulsada por el Gobierno de la República para la simplificación de trámites, que puede acceder mediante el enlace que se muestra en la sección superior de esta publicación.

VUI es administrada por PROCOMER y esta institución atiende consultas relacionadas con el uso de la plataforma por medio del correo electrónico: soporte-vui@procomer.com

Es necesario indicar que en ese correo no se atienden consultas sobre el avance de trámites presentados, ya que el seguimiento de los mismos pueden ser consultado en cualquier momento ingresando en la misma plataforma VUI.

Criterio para Cierre de Tanques para combustibles sobre suelo:

 

Criterio para Cierre de Tanques para combustibles subterráneos: 

 

Cambio de Titular

Con referencia a las solicitudes de cambio de titular de una autorización de tanque de almacenamiento de autoconsumo, se emite la siguiente directriz para su conocimiento.