Estaciones de Servicio
A partir del 07 de agosto de 2022 entró en vigencia el Decreto Ejecutivo N° 43.449-MINAE, denominado “Reglamento de suministro de combustibles en estaciones de servicio”.
Este regula el otorgamiento de concesiones de servicio público para el suministro del combustibles derivaos del petróleo y la autorización de las instalaciones de las estaciones de servicio terrestres; aeroportuarias; en zonas marinas o fluviales y las flotantes.
Se aclara a todos los titulares que cuentan con concesiones vigentes que en virtud de la derogación del Decreto Ejecutivo N° 30.131-MINAE-S los trámites de renovación, cambio de titular y cambio de condiciones en la concesión para prestar el servicio público serán tramitadas conforme a lo establecido en el Decreto Ejecutivo N° 43.449-MINAE, que como se indicó se encuentra vigente desde el día 07 de agosto del 2022.
Los trámites se atenderán de manera digital utilizando los siguientes formularios:
Presentación de proyecto para la construcción de una estación de servicio
De acuerdo con lo establecido en el Capítulo II del Decreto indicado se debe aportar la información en el siguiente enlace:
NOTA: Para realizar la consulta sobre la clasificación de los distritos en los cuales se desarrollará el proyecto, puede acceder al siguiente enlace donde encontrará la plataforma de consulta del INEC sobre el Índice de Urbanidad
Consultar Índice de Urbanidad INEC
Solicitud de Concesión del servicio público para el suministro de combustibles
De acuerdo con lo establecido en los Capítulos III, IV y V del Decreto indicado, se debe aportar la información solicitada en el siguiente enlace:
Renovación de la Concesión de servicio público
Acorde con lo indicado en el Capítulo IX, la solicitud de renovación se presentará tres meses antes de su vencimiento mediante el siguiente enlace:
Cambio de titular o de condiciones de una Concesión vigente
Acorde con lo indicado en el Capítulo X, en caso de que el Titular de la concesión requiera algún cambio en las condiciones de la misma, deberá solicitar la gestión mediante el siguiente enlace:
En caso de que el cambio de condiciones solicitado se refiera a la inclusión de un nuevo combustible se debe atender lo señalado en la siguiente directriz. El documento original se encuentra firmado digitalmente.
IMPORTANTE: Para que se proceda al trámite de cada una de las gestiones anteriores se deben aportar todos los requisitos señalados en la normativa, además de encontrarse al día con sus obligaciones tributarias y ante la CCSS.
Pingback: Renovación de concesión en DGTCC-MINAE con las consideraciones del nuevo Decreto – Cámara de Empresarios del Combustible
Pingback: Cámara enfatiza en presentar los trámites de renovación de concesión con tiempo suficiente – Cámara de Empresarios del Combustible