Ley de Incentivos y promoción para el transporte eléctrico

Desde el 6 de febrero del 2018, rige la exoneración de vehículos eléctricos por la Ley No.9518 Incentivos y promoción para el transporte eléctrico

El artículo 9 de esta Ley estipula que se beneficiarán de la exoneración del impuesto general sobre las ventas, el impuesto selectivo de consumo y el impuesto sobre el valor aduanero, según lo indicado en
la siguiente tabla:

Para dudas o consultas sobre el Reglamento de esta Ley puede comunicarse a la Secretaría de Planificación Subsectorial de Energía a los teléfonos: 2547-6900 ext 211 y 2547-6914